“Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre” (Mt 19, 3-12). La indisolubilidad del matrimonio entre el hombre y la mujer -única unión matrimonial posible- es doble, tanto por vía natural como por vía sobrenatural. Por vía natural, porque Dios creó el hombre como varón y como mujer, es decir, la especie humana tiene solo dos sexos y se perpetúa por medio de la unión de ambos, ya que la generación de hijos está inscripta y garantizada en esta unión entre varón y mujer. Por vía sobrenatural, la unión esponsal entre el varón y la mujer también es indisoluble y la razón es que a través del Sacramento del matrimonio es Dios, con su Amor y en su Amor, quien une a los esposos, convirtiéndolos en una sola carne.
En
otras palabras, tanto por vía natural como por vía sobrenatural, la unión
matrimonial entre el varón y la mujer es indisoluble, por lo que no puede el
hombre, con sus leyes positivistas, anular la unión que Dios mismo ha establecido,
tanto en la creación de la raza humana con dos sexos, como con la unión entre
el varón y la mujer en su Amor Divino. Aun cuando el hombre intente, por medio
de leyes positivistas, anular esta unión indisoluble, no lo puede conseguir,
puesto que las fuerzas naturales y sobrenaturales que unen al matrimonio entre
el varón y la mujer son indeciblemente más poderosas que las leyes positivas
que pueda legislar el hombre.
“Lo
que Dios ha unido, que no lo separe el hombre”. Dios une al varón y a la mujer
en su Amor, el Amor de Dios; por eso mismo, el divorcio es una afrenta al Amor
de Dios, desde el momento en que pretende desunir, por el desamor, lo que Dios
unió por el Amor, por su Amor. Un caso análogo, pero contrapuesto, es la unión que
el hombre establece al margen de Dios, como el concubinato o la convivencia
entre el varón y la mujer sin el sacramento del matrimonio. En este caso, se puede
decir, parafraseando al Evangelio: “No una el hombre lo que Dios no unió”. Por estas
razones, tanto el divorcio, como el concubinato o unión meramente civil, son
afrentas al Amor de Dios.
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